D-270: La declaración mensual que reemplazó a la D-151 en Costa Rica

Si hasta diciembre 2025 presentabas la D-151 una vez al año y lo dabas por hecho, en 2026 ese esquema ya no existe. Hacienda la reemplazó con la D-270, una declaración informativa que ahora se presenta mensualmente y que documenta todas las transacciones que no tienen respaldo de factura electrónica. Si tienes pagos a proveedores informales, alquileres sin comprobante electrónico, o servicios profesionales sin factura, eso va en la D-270. Y si no lo reportas, la multa arranca en ₡1.386.600.

¿Qué es la D-270 y por qué existe?
La D-270 es la «Declaración Informativa Resumen Mensual de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos no amparados en Comprobante Electrónico». Su objetivo es que Hacienda tenga visibilidad de todas las transacciones del país, no solo las que llevan factura electrónica. Antes era anual (D-151). Desde enero 2026, es mensual y se presenta en TRIBU-CR.

¿Quiénes están obligados a presentarla?
La mayoría de contribuyentes del régimen tradicional deben presentarla si tienen al menos una transacción sin comprobante electrónico en el mes. Incluye: personas físicas con actividad lucrativa, personas jurídicas, y algunas entidades financieras (con excepciones).

¿Qué transacciones se reportan?
→ Compras a proveedores informales (sin factura electrónica)
→ Pagos a instituciones del Estado, municipalidades, universidades públicas
→ Alquileres sin comprobante electrónico
→ Servicios profesionales sin factura
→ Intereses y comisiones a entidades financieras (en ciertos casos)
OJO: las facturas electrónicas NO van aquí. Hacienda ya las tiene.

Plazos para 2026
→ Período 2025 (D-151 anual): venció el 25 de junio de 2026
→ Meses enero–diciembre 2026: período transitorio; todos pueden presentarse acumulados hasta el 25 de enero de 2027 sin sanción
→ Desde 2027: vence los primeros 25 días naturales de cada mes siguiente

¿Qué pasa si no la presentas?
→ Multa del 2% de los ingresos brutos (mínimo ₡1.386.600)
→ ₡4.622 por cada registro incorrecto o faltante
→ Riesgo de auditoría cruzada en TRIBU-CR

¿Cómo presentarla en TRIBU-CR?
Paso a paso básico: ingreso a la Oficina Virtual (OVi), sección «Declaraciones Eventuales», formulario 270, llenado por período y envío.

¿Tienes dudas sobre qué transacciones incluir en tu D-270? Habla con tu contador.
Y si aún no tienes un sistema que te ayude a identificar cuáles compras tuyas llegaron con factura electrónica y cuáles no, DAC Facturación puede ayudarte a tener eso claro antes de cada declaración.

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